miércoles, 19 de noviembre de 2014

La teoría de la justicia de John Rawls.


La concepción de justicia para John Rawls parte de la idea de libertad e igualdad, derechos que deben ser asegurados por la justicia, que no están sujetos a regateos políticos ni al cálculo de intereses sociales bajo la idea de cooperación diseñado para promover el bien de aquellos que forman parte de él; la justicia social para Rawls es entendida como la necesidad de disponer de un conjunto característico de principios que proporcionen un modo para fijar derechos y deberes en las instituciones básicas de la sociedad y defiendan la distribución apropiada de los beneficios y las cargas de la cooperación social. 

Del párrafo anterior podemos desprender cuál es el objeto de la justicia básico de la justicia y éste es la estructura básica de la sociedad, o más exactamente, el modo en que las instituciones sociales más importantes distribuyen los derechos y deberes fundamentales y determinan la división de las ventajas provenientes de la cooperación social.
¿Cuáles podrían ser estas instituciones sociales más importantes?
  • La constitución política
  • Las disposiciones económicas y sociales
  • La protección de la libertad de pensamiento y de conciencia
  • La propiedad privada. 
¿Por qué no hay justicia?

Porque no hay una satisfacción de las necesidades que tienen las personas por parte del Estado, éste tiene como obligación detectar las necesidades y darles accesibilidad

El principio fundamental de la justicia es tener una visión del modo según el cual han de entenderse los fines y propósitos de la cooperación social. (Distribución- Satisfacción del deseo-necesidad). 

Cada persona tiene que decidir mediante la reflexión racional lo que constituye su bien, esto es, el sistema de fines que para él es razonable perseguir, del mismo modo un grupo de personas tienen que decidir de una vez lo que para ellas se significará justo o injusto. 
    *Los principios de justicia serán el resultado de un acuerdo o de un convenio justo, pues dadas las circunstancias de la posición original (son aquellas que de hecho aceptamos) y la simetría de las relaciones entre las partes, la situación inicial es equitativa entre las personas, en tanto que son seres morales, esto es, seres racionales con sus propios fines.
Finalmente hay que destacar que no siempre que exista consentimiento está presente la justicia, ya que hay reglas establecidas, cuando existen reglas establecidas en las instituciones, no se puede actuar en contra de ellas; se debe actuar conforme a ellas.   





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