El concepto de justicia cotidiana y acceso a la justicia derivan del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que es su primer párrafo enuncia: "Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho, toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial... es decir debido a que el Estado prohíbe la justicia por propia mano, está obligado a establecer, sostener, y promover las instituciones, los procedimientos y los instrumentos que den solución efectiva a los conflictos que puedan surgir de las relaciones sociales directas de las personas, ya sea con otros particulares o con las autoridades, lo que incluye a los tribunales y procedimientos jurisdiccionales.
La justicia cotidiana se refiere a las instituciones, procedimientos e instrumentos orientados a dar solución a los conflictos que genera la convivencia diaria en una sociedad democrática, incluyendo a la justicia civil, que atiende los problemas del estado civil y familiar de las personas, o bien el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, lo mismo que la justicia laboral, que trata las relaciones de trabajo de las personas con sus empleadores, sean estos particulares u organismos públicos, pero también un sector de la justicia administrativa, cuando resuelve los desacuerdos directos de los ciudadanos con alguna autoridad.
La justicia de proximidad, es decir, aquella que atiende los problemas que se generan en las comunidades, vecindarios y ciudades, forma parte también de la justicia cotidiana y dentro de ésta se consideran especialmente los mecanismos que existen para resolver los problemas en las escuelas por ser éstas centros importantes de convivencia y socialización.
Un punto a destacar dentro de la justicia cotidiana es que dentro de ella no se considera a la justicia penal pues implica el uso legítimo de la fuerza para sancionar conductas que alteran la vida social. El uso de la fuerza implica lógicas, incentivos y problemas distintos de aquéllos que involucran los conflictos derivados de las relaciones cotidianas entre las personas.
La justicia cotidiana pertenece mayormente al ámbito de competencia de las entidades federativas pues así lo establece el diseño constitucional.
Desde la perspectiva del Estado de derecho, un adecuado acceso a la justicia y mecanismos eficientes de solución de controversias generan incentivos para que los derechos se reivindiquen y los acuerdos se cumplan, produce consecuencias para quienes transgreden los derechos de otros y con ello reduce la impunidad y la corrupción, al tiempo que mejora la capacidad del Estado para dar una respuesta a los problemas sociales, por el contrario una justicia lenta e ineficiente crea un entorno de incertidumbre que afecta negativamente las condiciones de crecimiento y bienestar, pues incrementa los costos de transacción, que son aquellos en que incurren las personas y las empresas para determinar y asegurar el valor de los bienes y servicios que intercambian. En la medida en que un sistema de justicia es capaz de procesar efectivamente los conflictos que se suscitan a diario en la vida social, previniendo y sancionando las conductas ilícitas, reduce estos costos al tiempo que promueve el crecimiento económico y el desarrollo social en un sentido amplio.