lunes, 9 de noviembre de 2015

Métodos de interpretación normativa que establece la ciencia jurídica. (actividad de aprendizaje No. 11)

Cuando se tiene necesidad de desentrañar el sentido de una norma legal o contractual, porque hay desacuerdo con su contenido, el intérprete lo hacer recurriendo a diversos métodos y técnicas que le permitan encontrar el significado de la disposición, pues de ese modo tendrá los elementos para resolver la controversia planeada con motivo de la discrepancia sugerida a propósito del alcance de la ley o de la estipulación

Diversos métodos interpretativos.

Interpretación gramatical o literal. 
Este método, denominado por algunos como exegético, se propone encontrar el sentido de una norma o de una cláusula en el texto de las mimas. Es decir, a partir de su literalidad, se atribuye un significado a los  términos empleados en la redacción por el legislador o por los contratantes. Con ayuda de las reglas gramaticales y del uso del lenguaje, se indaga el significado de los términos en que se expresa una disposición normativa.
Dicho significado suele coincidir con el lenguaje general empleado por los miembros de la comunidad, aunque en ocasiones es menester atender al lenguaje técnico que utiliza la norma jurídica.
Kart Larenz sostiene que toda interpretación de un texto ha de comenzar con el sentido literal, en la medida que sea capaz de fijar definitivamente el significado de una expresión. El enlace con el uso general del lenguaje es más evidente, porque se puede aceptar que aquel que quiere decir algo usa las palabras en el sentido que comúnmente son entendidas. El legislador se sirve del lenguaje general porque y en tanto se dirige a los ciudadanos y desea ser entendido por ellos. 

La interpretación restrictiva. 
Constriñe el alcance normativo de una disposición para aplicarla a casos específicos y limitados, puede entenderse en varios sentidos
·         La interpretación que trata de respetar la voluntad del legislador y su texto de la manera más fiel posible
·         La que acota el significado de los términos del texto legal a su menor ámbito material de validez posible
·         La reducción de la letra de la ley a su significado más seguro y aceptado por todos o por muchos, por igual, en el ámbito de los especialistas del derecho.

La interpretación extensiva 
Consiste en ampliar el significado de un texto para aplicarlo a situaciones que no se encuentran comprendidas claramente en los términos literales de la norma.

La interpretación semántica 
Se ocupa del sentido de las palabras comprendidas en el texto. “Si la palabra presenta diferentes acepciones, la misión de la interpretación es optar por el significado habitual y concreto del vocablo, de los diversos que pueda tener, tomando en cuenta también los usos lingüísticos del término, así como de su probable acepción especifica en el lenguaje jurídico.

La interpretación sintáctica 
Se ocupa de encontrar el sentido de un enunciado completo, en su construcción, “con arreglo a la relación que guardan entre sí el sujeto y el predicado, el carácter adversativo, concesivo, disyuntivo, copulativo, etc., de las conjunciones, la colocación del pronombre o del adverbio, etc.

Interpretación sistemática. 
Es la que busca extraer del texto de la norma un enunciado cuyo sentido sea acorde con el contenido general del ordenamiento al que pertenece. Procura el significado atendiendo al conjunto de normas o sistema del que forma parte.
Un precepto o cláusula debe interpretarse no de manera aislada, sino en conjunto con los demás preceptos o cláusulas que forman parte del ordenamiento o del negocio en cuestión.
La razón es que el sentido de una norma no sólo está dado por los términos que la expresan y su articulación sintáctica, sino por su relación con las otras normas.

Interpretación histórica. 
Estudia los contextos anteriores que puedan influir en el entendimiento actual de las normas, con ello llegamos al elemento histórico de la interpretación, el cual ha de tenerse en cuenta al averiguar el sentido, normativamente decisivo de la ley.
El argumento del método histórico sirve entonces para justificar la atribución de significada a un enunciado, que se acorde con la forma en que los distintos legisladores a los largo de la historia han regulado la institución jurídica que el enunciado actual regula. Es decir se encarga de explicar una determinada regulación jurídica por sus orígenes y el modo en que fue desarrollándose a través del tiempo.

Se divide a su vez en estática y dinámica. 
La primera es la forma tradicional o usual de entender una institución o figura jurídica. Aunque el legislador elabore nuevas normas, se entiende que su intención no es apartarse del espíritu que tradicionalmente ha informado la naturaleza de la institución jurídica que actualmente ha regulado. 
La segunda consiste en tomar la historia de las instituciones jurídicas como una tendencia hacia el futuro, con carácter progresista; como un proceso irregular, con rupturas y cambios en las circunstancias que impiden entender las reglas actuales con los criterios proporcionados por regulaciones ya derogadas. 
Finalmente se puede decir que la interpretación histórica consiste en asignar significado a una norma “atendiendo a los precedentes existentes, empezando por los inmediatos”. Así entendida, esta interpretación es realizada por los jueces sobre la base de alguno o algunos casos resueltos con anterioridad, en los que se haya interpretado una norma bajo los mismos razonamientos.

Interpretación genética 
Esta interpretación se sustenta en la causas que originaron el surgimiento de la ley o el contrato, pues es obvio que un uno ni otro se general de la casualidad y sin un contenido motivador específico.
La norma legal aparece para regular una situación sugerida en el seno de la comunidad, que es de interés general.
Aunque esta interpretación se relaciona con la histórica, de ninguna manera deben confundirse. Una considera las circunstancias prevalecientes en el momento en que se emitió una norma, las condiciones materiales y sociales imperantes en esa fecha, que han originado el surgimiento de la disposición; y la otra el modo como se ha entendido una norma en las distintas épocas, es decir, su evolución.

Interpretación teleológica 
Esta interpretación consiste en atribuir significado a una norma o a una cláusula atendiendo a la finalidad del precepto o del pacto.
El legislador que crea la ley o las partes que celebran el contrato se proponen uno o varios fines de los cuales las normas o las cláusulas son un medio; por lo que la interpretación debe realizarse teniendo en cuenta esos fines o propósitos buscados.

Los fines que el creador de la norma intenta alcanzar son por regla general “fines objetivos”, esto es, perceptibles, determinables y vinculados a una realidad conocida. No se refiere a fines subjetivos de alguna persona o de un grupo determinado, sino a los objetivos racionales que son propios del orden jurídico prevaleciente. 

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