La ley de la ponderación se puede definir en tres pasos: el primero es definir el grado de la no satisfacción o afectación de uno de los principios en el caso concreto, posteriormente se define la importancia de la satisfacción del principio que es contrario y por último, se establece si la importancia de satisfacción del principio contrario justifica la afectación o la no satisfacción del otro.
Para determinar los grados de afectación o satisfacción de utilizan dos variables que responden a tres necesidades para evaluarla (leve, medio o intenso). Por su parte, para la evaluación de la seguridad de las apreciaciones empíricas se emplean, igualmente, tres intensidades pero bajo el marco de lo certero, posible y falso.
Grados de afectación o satisfacción
Afectación- leve-1
Satisfacción-medio-2
en el caso concreto-Inmenso 4
Afectación/-leve-1
Satisfacción en-medio-2
abstracto-Inmenso-4
Seguridad de las apreciaciones No evidentemente falso 1/4
empíricas (SE)/ Plausible 1/2
Seguro-1
Una vez identificados los valores se accede a la fórmula del peso.
Fórmula del peso: Se efectúa para cada principio para así determinar cual de ellos, pesa más para el caso concreto. Una vez se ha multiplicado cada uno de los valores se dividirá el producto y viceversa.
Con los valores que se obtienen se sabrá cual es el que ostenta mayor peso.
Cargas argumentativas. Están referidas en el caso de que la fórmula de peso nos de un empate para los dos principios, y son las que deberá llevar a cabo el operador jurídico para resolver el dilema, y exponer porque se escoge uno y otro.
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